GANAR INDULGENCIA PLENARIA

El Papa León XIV, mediante Decreto de la Penitenciaria Apostólica del 10 de enero de 2026, convocó un Año Jubilar especial concediendo Indulgencias plenarias, con motivo de celebrarse el octavo centenario de la muerte de San Francisco de Asís, desde el 10 de enero de 2026 hasta el 10 de enero de 2027.

EXPLICACIÓN

  • La indulgencia es la remisión ante Dios del castigo temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel cristiano dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos.
  • La indulgencia plenaria libera totalmente del castigo temporal debido por los pecados.
  •  Todo fiel puede ganar solamente para sí o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias plenarias.
  • Para ser capaz de ganar indulgencias es necesario estar bautizado, no excomulgado y hallarse en estado de gracia por lo menos al final de cumplir las obras prescritas.
  • Para que el sujeto sea capaz de ganarlas debe tener al menos intención de conseguirlas y cumplir las obras prescritas dentro del tiempo determinado y de la manera debida, según indique la concesión

Las indulgencias plenarias sólo pueden ganarse una vez por día, salvo en caso de peligro de muerte.
CONDICIONES

  •  Recibir la confesión sacramental varios días antes o después de la visita a la iglesia franciscana. Recibir la comunión sacramental el mismo día de la visita.
  •  Orar por las intenciones del Papa: Padrenuestro, Ave María el día de la visita.
  •  La indulgencia plenaria sólo es aplicable por sí mismo o por los difuntos.
  • Visitar en forma de peregrinación cualquier iglesia conventual de franciscanos, capuchinos, conventuales, clarisas, capuchinas, concepcionistas, terciarios regulares, congregaciones o institutos que sigan la regla de la tercera orden o vivan la espiritualidad franciscana e iglesias dedicadas a san Francisco..
  • Ausencia de todo apego a cualquier pecado, incluso venial.
  • Tener intención de ganar la indulgencia plenaria.
  • En la iglesia visitada dedicar un tiempo prudencial en piadosas meditaciones y oraciones a Dios para que broten en los corazones sentimientos de caridad cristiana hacia el prójimo y auténticos votos de concordia y paz entre los pueblos.
  • Concluir la visita con el rezo del Padrenuestro, el Credo e invocaciones a la Santísima Virgen María, a San Francisco de Asís, a Santa Clara de Asís y a todos los santos y santas de la familia franciscana.
  • Las condiciones de tiempo, lugar y forma afectan a la validez de la concesión de la indulgencia.

CASOS ESPECIALES
Los ancianos, los enfermos y quienes los cuidan, así como todos los que por motivos graves no pueden salir de casa u hospital, podrán obtener igualmente la indulgencia plenaria, siempre que excluyan todo afecto desordenado por cualquier pecado y tengan intención de cumplir lo antes posible las tres condiciones (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Papa), si se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares del año de San Francisco, ofreciendo al Dios Misericordioso sus oraciones, los dolores o los sufrimientos de su vida.

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